martes, 1 de diciembre de 2015

Roma y su ciudadanos: la Conquista de la ciudadanía.

La ciudadanía en la antigüedad era un privilegio del que no todos disfrutaban, pues ser ciudadano implicaba ser libre, y tener la capacidad y la obligación de defender esa libertad. La victoria romana en la segunda Guerra Púnica (218-201 a.C.) no trajo consigo únicamente la hegemonía romana en el Mediterráneo Central. Para poder abarcar este conflicto, Roma debió pedir ayuda a sus ciudades aliadas, y muchas se la prestaron, bien por motivos de lealtad bien por motivos interesados. El hecho es que con la victoria romana en la contienda, y viendo la importancia que tuvieron sus socios empezó a surgir un movimiento de exigencia de igualdad de derechos, pues ¿no morían igual los hijos de Roma que los de sus socios? ¿Por qué sólo los hijos de Roma obtendrían la recompensa y el botín de la victoria?
Ciudadania romana
Soldado Romano. Extraído de: http://www.derechoromano.es/2015/03/estimacion-civil-derecho-romano-infamia.html
La ciudadanía romana era una posición social privilegiada en relación con las leyes, estatus, propiedad y acceso a las posiciones de gobierno, que solo disfrutaban determinados individuos en la sociedad romana. Resulta complicado generalizar la forma del ciudadano romano, ya que fue una figura legal que cambio según iba cambiando la legislación. Pero para resumir podemos decir que un ciudadano romano era un “hombre libre” que gozaba de dicho estatus, una condición que podía perderse. Ser ciudadano implicaba ser portador de ciertos derechos y obligaciones. Entre los derechos se encontraba el derecho a voto en las asambleas, el postularse y ser elegido, el derecho a efectuar contratos legales y tener propiedades, la posibilidad de contraer matrimonio con otro ciudadano romano, y ser beneficiario del derecho de pater familias, así como que los hijos del matrimonio fueran considerados ciudadanos de Roma; el derecho a conservar la ciudadanía cuando se viajaba o se trasladaran a otros lugares. Pero estos derechos venían acompañados de determinadas obligaciones, pago de impuestos, participación militar, especialmente si se quería ascender en la política, ect.


En Roma existían distintos tipos de ciudadanía, que fueron variando a lo largo de la historia de Roma. Por un lado existía la ciudadanía romana plena, los únicos que podían acceder a la totalidad de los beneficios y protecciones de la ley romana. Los ciudadanos latinos, constituido por los habitantes de la “liga latina” y portadores del derecho latino, que les permitía tener propiedad, comerciar y asentarse en Roma, pero no podían casarse con ciudadanos Romanos. Por otra parte, los Socci eran los habitantes de las ciudades aliadas de Roma, y por lo tanto tenían ciertas obligaciones legales con la Ciudad eterna, otros modelos de habitantes serían los Provinciales, habitantes de las provincias bajo influencia o control romano, y los peregrini, cualquier persona que no era ciudadano romano.

Roma no expandía su igualdad jurídica a sus ciudades alias, de la misma manera que no la expandía a los diversos territorios que conquistaba. Daba igual lo intensa que fuera la colaboración de los diversos aliados o lo fácil de la adaptación a las costumbres romanas, Roma no cedía. Por lo tanto, incluso los itálicos eran considerados extranjeros por porte de los romanos. Esta aspiración, no era nueva por parte de los itálicos y posteriormente, bajo el imperio, de todos los territorios protegidos por la figura de Roma, se trataba de una aspiración compartida tanto por la elite como por la masa. Es por lo tanto un proceso extraño en los tiempos en los que vivimos, donde la palabra independencia está presente de forma constante, nos encontramos en uno de esos momentos en los que los habitantes buscan formar parte de un destino común, ansían la integración, y esto daría sus primeros coletazos serios hasta la conocida guerra de los socci Guerra Marcia o Guerra de los Aliados, un conflicto armado entre la Republica Romana y sus aliados italianos, que exigían la concesión de la ciudadanía romana.  

Durante la primera década del siglo I a.C. en el año 95 a.C. se promulgaría   la Lex Licinia Mucia, una ley dirigida contra aquellos “aliados” que hubieran adquirido de manera fraudulenta la ciudadanía romana mediante datos falso, creando para ello un tribunal, lo que provocó un fuerte malestar.

En el año 92 a.C. fue elegido como tribuno de la plebe Marco Livio Druso, que desplego una serie de medidas entre las que destaca una nueva ley frumentaria, una nueva distribución de tierras. Para llevarla a cabo pacto en secreto con los “aliados” prometiéndoles el derecho de ciudadanía a cambio de correr con los gastos de la nueva distribución de tierras. Estas medidas fueron desaprobadas por el Senado, y Druso fue asesinado, lo que desencadenó la guerra.

Italia se dividió en dos bandos, por un lado Roma y los aliados que se mantuvieron fieles y por el otro los aliados que se rebelaron, creando una república llamada Italia con capital en Corfinium.
El conflicto se prolongó hasta el año 88, aunque hay que destacar la participación de Sila a partir de 90 a.C.

La victoria llegó para el bando romano. Pero a fin de poner fin al conflicto los aliados consiguieron su objetivo. Ya que en el trascurso del conflicto se aprobaron diversas leyes para la concesión de la ciudadanía.

La primera, la lex Iulia concedía la ciudadanía a todos los latinos y comunidades itálicas que no se hubieran levantado en armas, a la vez que autorizaba a los magistrados a conceder la ciudadanía a los provinciales que por su lealtad se la merecieran, de la misma manera que los generales  la otorgaran a algunos de sus soldados.

Una segunda ley, más parecida al modo actual, fue la lex Plauta-papiria que consistía en que todo individuo de cualquier comunidad itálica aliada y con domicilio permanente en Italia, podía adquirir la ciudadanía de manera plena, siempre y cuando presentara ante el pretor el correspondiente tramite en los 60 días siguientes a la promulgación de la ley.

Estas dos medidas supusieron el final de la guerra. A efectos prácticos y con la posterior promulgación de la lex Pompeya del año 89 a.C., que otorgaba el derecho latino a las ciudades de la Galia Cisalpina; todos los habitantes  de la Península Itálica se convirtieron en ciudadanos de Pleno derecho, y Roma pasó de ser un concepto reflejado en su Urb a ser algo más amplio y más profundo.
Por primera vez el estado Romano coincidía con el territorio Itálico. Las ciudades Itálicas se organizaron a imagen de Roma como municipios. Cada ciudad tenía su asamblea, su senado y sus magistrados Y  la administración redujo a los distintos habitantes a adscribirse a una de las 8 tribus, lo que a efecto provocaba que los aliados no pudieran alterar el proceso electoral ni imponer su punto de vista.

La constante ampliación de los territorios del creciente “estado” romano traería como consecuencia, tarde o temprano, de una nueva guerra de estas características, además de que las ampliantes fronteras romanas pronto necesitarían más recursos de los que la economía romana podría soportar.


Por lo tanto en el 212 d.C., el emperador Marco Aurelio Antonino Basiano, promulgó un texto jurídico mediante el que reformaba el derecho de ciudadanía ampliándolo a todos los habitantes del imperio, teniendo fuerte impacto en el Ius Civile ( el derecho romano), y en el ámbito fiscal, pues como nuevos portadores de derecho ciudadano, también se convertían en pagadores de obligado cumplimiento de los diversos impuestos que suponía la ciudadanía romana, haciendo especial efecto en aquellos que debieran pagar impuestos sobre la manumisión de esclavos o sobre los derechos de sucesión. De esta manera, el emperador tuvo la oportunidad de sufragar las costosas campañas militares en las que estaba sumergido el imperio, en la frontera norte contra los germanos y en oriente contra los Partos

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